.
El art.23 de la llamada ley de dependencia habla del servicio de ayuda a domicilio (SAD) para aquellas personas que presentan necesidad de ayuda en la realización de las tareas básicas diarias. De esta prestación se pueden servir personas mayores y personas con diversidad funcional. La gestión la llevan las Autonomías, que efectúan el servicio por medio de los ayuntamientos o entidades sin ánimo de lucro autorizadas.
Este es un servicio de apoyo, que puede compaginarse con algunas prestaciones, que debe determinar cada Comunidad Autónoma.